| Europeos que votan aquí |
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DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO Y PASIVO EN LAS ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO DE CIUDADANOS DE LA UE RESIDENTES EN ESPAÑA Me llamo Pierre, soy francés, de Toulouse y desde hace un año vivo en Sevilla. ¿Puedo votar en las elecciones al Parlamento Europeo en España? ¿Y si quiero presentarme como candidato por una lista española al Parlamento Europeo? Pero en unas mismas elecciones al Parlamento Europeo no se puede votar simultáneamente en España y en el Estado miembro de origen. Por ejemplo, no se puede votar en Francia y en España a la vez. Tampoco se puede ser candidato en más de un Estado miembro. En este caso, ¿qué hay que hacer para votar en España? Al estar empadronado y tener tu residencia en España ya estás en el Censo Electoral. Pero cuando se convocan unas elecciones al Parlamento Europeo se elabora un Censo electoral específico. Para poder votar, es necesario que te inscribas en este censo. ¿Cómo se inscribe un ciudadano europeo en el Censo Electoral “ad hoc” para las elecciones al Parlamento Europeo? Como ciudadano de la Unión Europea, residente en España pero sin nacionalidad española, recibirás una carta de la Oficina del Censo Electoral, en la que se te informa de tu derecho de voto y se te solicitará:
![]() En España, tienes tiempo hasta el 27 de abril de 2009. ¿Qué ocurre si no se responde a la Carta del Censo Electoral? Si no se responde a la carta, o se responde negativamente, entonces estas personas no serán inscritas en el Censo Electoral específico para las elecciones europeas en España y, por consiguiente, no podrán votar aquí. Pero pueden votar en su país de origen. Aquellos que respondan afirmativamente a la carta serán inscritos en el Censo Electoral específico para las elecciones al Parlamento Europeo, y podrán votar en España. ¿Qué duración tiene la inscripción en el Censo Electoral del Parlamento Europeo? Como elector permanecerás inscrito en el Censo Electoral español mientras resides en España y hasta que solicites tu exclusión del mismo. Por eso, es importante que cuando cambies de domicilio o de municipio de residencia realices los correspondientes cambios en el padrón municipal, para poder estar registrado correctamente. Cuando te hayas inscrito en el Censo especial puedes ejercer el derecho de voto, en España, en las elecciones al Parlamento Europeo que se celebren durante todo tu período de residencia. Para evitar que pueda haber un doble voto, se comunica la identidad de los electores que han decidido votar en España a la Administración Electoral de su país de origen. ¿Qué hay que hacer para presentarse como candidato?Las listas de candidatos pueden ser presentadas por los partidos políticos, federaciones o coaliciones de partidos. También se pueden crear agrupaciones de electores, que tendrán que estar avaladas por un mínimo de 15.000 electores registrados. En el caso de los partidos políticos, federaciones o coaliciones el requisito anterior puede ser sustituido por el aval de 50 cargos electos. Sólo puedes ser candidato en un único país. Para evitar que pudiera haber una doble candidatura, la Junta Electoral Central transmite el nombre de sus nacionales que se presentan como candidatos en España a unas elecciones al Parlamento Europeo a las autoridades competentes de los otros Estados miembros. De este modo todas las Juntas Electorales controlan que las candidaturas estén correctamente formadas. Para saber más: Página de la Comisión Europea sobre el derecho de sufragio en las elecciones al Parlamento Europeo http://ec.europa.eu/youreurope/nav/es/citizens/living/election-rights/parliament-elections/es/index_es.html Página de la Comisión Europea sobre el voto para los ciudadanos europeos residentes en otro Estado miembro http://ec.europa.eu/justice_home/fsj/citizenship/political/fsj_citizenship_vote_en.htm
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